El 2 de agosto de 2026 entra en aplicación el Artículo 50 del Reglamento europeo de IA, y con él la obligación de etiquetar cualquier contenido publicitario generado o alterado con inteligencia artificial. No es solo un tema para gigantes tecnológicos: cualquier pyme que lleve meses generando imágenes, locuciones o vídeos con IA para sus campañas debe revisar ya cómo produce y publica ese contenido, porque la ley no distingue por tamaño de empresa.
Qué exige el Artículo 50 a partir del 2 de agosto
El objetivo de la norma es que cualquier persona pueda reconocer cuándo un contenido ha sido creado o manipulado por IA. Afecta a texto generado con IA, imágenes creadas o editadas con IA, audio sintético o voces artificiales, y vídeos generados o alterados mediante IA, incluidos los deepfakes. La Comisión Europea y el AI Board ya han validado un Código de Buenas Prácticas voluntario que actúa como hoja de ruta de cumplimiento: marcar los contenidos generados por IA en formato legible por máquina, informar con claridad cuando algo sea un deepfake o contenido sintético hiperrealista, y priorizar avisos visibles para el usuario final en lugar de esconder la etiqueta solo en los metadatos.
Fechas clave y las multas que arriesgan las marcas
Toda empresa que use IA en su publicidad debería tener estas tres fechas marcadas en el calendario:
- 27 de julio de 2026 — plazo para sumarse a la primera publicación de firmantes del Código de Buenas Prácticas.
- 31 de julio de 2026 — publicación inicial de las empresas adheridas al Código.
- 2 de agosto de 2026 — entrada en aplicación plena de las obligaciones de transparencia del Artículo 50.
Incumplirlas puede salir caro: las sanciones alcanzan hasta 15 millones de euros o el 3% de la facturación mundial anual, lo que sea mayor. España, además, tramita su propia Ley Orgánica para el buen uso y la gobernanza de la IA, que identificará autoridades de supervisión y sumará un régimen sancionador nacional propio al europeo.
No es solo cosa de Europa
En Estados Unidos no existe todavía una ley federal específica de divulgación de IA, pero la FTC ya aplica con fuerza sus guías de “endorsements” y el artículo 5 de la FTC Act: las conexiones materiales deben declararse de forma clara y visible, y un hashtag escondido entre otros doce no basta. Nueva York fue más allá y aprobó una ley específica sobre “intérpretes sintéticos” en publicidad, vigente desde el 9 de junio de 2026, que obliga a declarar cuando un anuncio use un actor generado por IA. Al mismo tiempo, marcas como Aerie o Le Creuset están usando el camino contrario como argumento de marketing: promocionar activamente que su contenido es “libre de IA”, apoyándose en datos como que el 68% de los consumidores duda con frecuencia de si lo que ve es real y el 63% cree que las marcas tienen el deber de declarar el uso de IA en su publicidad.
Qué debe hacer tu pyme ya
No hace falta esperar a una auditoría formal. Antes del 2 de agosto:
- Dedica una tarde a revisar las campañas de los últimos 90 días y marca cualquier pieza con imagen, voz o vídeo generado con IA.
- Añade un aviso visible y sencillo en esas piezas (una etiqueta o una línea en el pie, no solo un metadato oculto).
- Actualiza los contratos con freelancers y proveedores que usan IA para que quede claro quién declara qué.
- Forma a quien gestione tus redes y anuncios para que el etiquetado sea un paso automático del proceso, no una revisión de última hora.
Y valora si, en tu categoría, declarar abiertamente qué es humano y qué es IA puede convertirse en un argumento de confianza frente a la competencia, en lugar de vivirlo solo como una obligación legal.
